Comunicación Alternativa // ISSN 2145-390X

COMPLEJO PANORAMA PARA AVALAR LOS POSIBLES ACUERDOS DE PAZ EN COLOMBIA

Por: Guillermo Castro, MZO.
Fecha de publicación: 20 de junio de 2013
 


Muy complicada en la práctica resultarían refrendar los acuerdos de paz que se puedan lograr en La Habana, Cuba, entre el gobierno nacional y las FARC-EP. La guerrilla y movimientos sociales como la Marcha Patriótica han manifestado su interés en respaldar los acuerdos a través de la fórmula de la Asamblea Nacional Constituyente, mecanismo constitucional que no se utiliza desde 1991, cuando había otro contexto político militar y social, y se logró que la ciudadanía pudiera respaldar mayoritariamente la creación de la misma y lo acordado a través de la nueva constitución política de ese año.

La Asamblea Nacional Constituyente es uno de los mecanismos que se pueden utilizar para refrendar los acuerdos de paz siempre y cuando sea menester, producto de los mismos, realizar una reforma constitucional. Pero no es la única, las otras dos posibles opciones son el acto legislativo y el referendo. Como sea, con cualquiera de las tres opciones, parece complicado y escabroso el trámite legal que deberían surtir los acuerdos, veamos:

El acto legislativo lo impulsa el Congreso de la República, no como una ley ordinaria, sino con una serie de requisitos entre los cuales destacan: el procedimiento para su trámite es de doble vuelta, es decir debe ser surtido en ocho debates (lo usual son cuatro), tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado de la República; así mismo el Congreso no puede impulsar actos legislativos que trastoquen el sentido ético político de la carta magna, como por ejemplo imponer la pena de muerte, siendo esto una violación intrínseca al articulado de la constitución que declara que la vida es un derecho fundamental. De tal suerte, que habrían restricciones a la hora de legislar posibles acuerdos de La Habana si estos llegan a afectar algún punto de la ya remendada constitución. Así mismo vale la pena preguntarse si los actuales congresistas, mayoría de coalición nacional (que sin importar que se adelanta una iniciativa de referendo contra sus curules siguen legislando contra el pueblo colombiano), estarán dispuestos a modificar estructuras del sistema que propone la insurgencia, la misma precisamente que los subió al poder... Parece improbable, a la luz de la actuación de los parlamentarios, que éstos actúen en contra de sus propios intereses y aunque sea por una sola vez legislen en beneficio general. La opción inmediata obviamente es que, puesto que parece previsible que los acuerdos no se firmen este año, y que en marzo próximo se realizarán elecciones legislativas, la ciudadanía logre imponer su voluntad y votar por auténticos representantes populares; aunque muchos desean que antes de las elecciones pueda ser una realidad la revocatoria del Congreso.

El Referendo es de origen popular o presidencial. No lo puede impulsar el Congreso. Su trámite resulta bien engorroso, dados los parámetros de ley que lo reglamentan hoy en día. Por ejemplo, el actual trámite de la revocatoria del Congreso inició hace casi un año, cuando estalló el escándalo de la reforma a la justicia que colgaba grandes micos legislativos en beneficio de la inmunidad parlamentaria, y hoy está apenas en su segunda fase de un total de seis... Es decir, es lento, porque se debe avalar un comité promotor con firmas ciudadanas; posteriormente un porcentaje del censo electoral le debe dar el visto bueno a la propuesta de nuevo articulado de la constitución nacional que propone un referendo que pretenda ser de modificación constitucional; la Registraduría debe avalar las firmas en los dos casos y dar su consentimiento; al pasar el registro, éste debe entrar al Congreso quien en sesiones ordinarias – nunca en extraordinarias – le debe dar aval al texto o modificarlo; el legislativo presenta el texto ante la Corte Constitucional quien también se toma su tiempo para examinarlo; y finalmente, si pasó todos los anteriores filtros, se convoca a la ciudadanía para que se pronuncie en las urnas, en las cuales debe votar un cuarto de la población del censo electoral por el sí a lo propuesto. Como si fuera poco, por tratarse de reforma constitucional, y si es de varios puntos, la ley exige que estos no pueden tratarse en una sola pregunta de manera general y abstracta, sino que deben ser claros, explícitos y concisos pregunta por pregunta. Al igual que en el acto legislativo, el poder de reforma de la constitución por parte del pueblo en este mecanismo es limitado.

La Asamblea Constituyente tiene un poder de reforma más amplio, y contiene menos límites, que los dos anteriores mecanismos de participación. Sin embargo, también tiene sus reglas: el Congreso es el facultado para que, por medio de ley ordinaria, pueda convocar a la Asamblea, defina el mecanismo de elección de los constituyentes, y delimite el tiempo, fin y duración de la misma. ¿Dados los cuestionamientos sobre el Congreso anteriormente esbozados, sí se podrá esperar que los representantes impulsen esta decisión que los resignaría a un papel secundario en la legislación oficial? Hasta ahora, el gobierno de Juan Manuel Santos, que tiene amplias mayorías en la corporación, insiste en que no convocará a una Asamblea constituyente para avalar los acuerdos de paz... La convocatoria que pueda definir el Congreso pasará a control de la Corte Constitucional. Aún pasando este trámite de convocatoria, la Asamblea tiene que ser una realidad apoyada por el constituyente primario, el pueblo, quien debe decidir si la aprueba: un tercio del censo electoral debe decir sí en las urnas, es decir cerca de nueve millones de votantes deben dar un voto positivo, y aunque sean más los votantes, pero no se alcance el mínimo de votos afirmativos, la iniciativa no será avalada. Al ganar el sí, se da por hecho que habrá Asamblea, momento en el cual se entrará a elegir a los delegatarios del pueblo, es decir los constituyentes. Esta elección puede ocurrir a la usanza de las elecciones parlamentarias, en donde las maquinarias políticas son las más opcionadas con ganar espacios de representación... Quizá por este motivo el Puro Centro Democrático del ex presidente Álvaro Uribe, al igual que la Marcha Patriótica, respalda la Asamblea constituyente, toda vez que tiene creada la maquinaria para soportar el reto e insertar respaldo popular a la ultraderecha. Como el movimiento político del ex presidente insiste en no darle espacio a la paz en el país, si constituyentes de este sector llegan a tener voz y voto en la Asamblea sería perjudicial para avalar posibles acuerdos que se efectúen en La Habana... ¿Desde ese punto de vista, estaría la sociedad colombiana en capacidad de darle un voto a representantes de la guerrilla, principalmente, de las víctimas y de los movimientos sociales sin maquinaria, para que impulsen la paz?

Esta suerte de factores para avalar los acuerdos reflejan que estamos en una sociedad radicalmente distinta a la de principios del noventa... hoy sería más factible que en caso de Asamblea constituyente ganara la opción guerrerista por encima de la reconciliación nacional, y esto sería realmente lamentable dada la oportunidad histórica de diálogo que se tiene entre las partes. Esto sólo será posible con un papel de presión social constante en apoyo al proceso de paz; una acción democrática no violenta y sostenida; que los medios de comunicación asuman su rol social; acallar las voces que incitan al odio y la continuación de la guerra fratricida; que los movimientos ciudadanos tengan una constante visibilidad mediática y social; que se articulen esfuerzos estatales y no gubernamentales; y que los actores de acompañamiento internacional sostengan su compromiso y presionen al máximo por la consecución de la paz.


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