Comunicación Alternativa // ISSN 2145-390X

PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL INSTRUMENTO DE ORGANIZACION TERRITORIAL O DE CORRUPCION

 


 

 

PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL: ¿INSTRUMENTO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL O DE CORRUPCIÓN?
 

 

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Imagen tomada de video institucional SDP Bogotá.


Por: Carlos Julio Rodríguez Sandoval.
Fecha de publicación: 31 de marzo de 2017.

En la mayoría de los municipios del país los alcaldes preparan los proyectos de acuerdo contentivos de las disposiciones de la reformulación de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT's) y los Concejos locales para tramitarlos, discutirlos y aprobarlos; y así dar cumplimiento por lo preceptuado en la Ley.


Los habitantes de los diferentes municipios aspiran a que estos POT's fijen objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas y normas que verdaderamente orienten la administración física de sus territorios y el uso del suelo en los mismos; teniendo en cuenta como referentes los aspectos técnicos, los sueños y las necesidades de sus comunidades, tales como las previsiones sobre población urbana, y los proyectos que mejoren la calidad de los pobladores (como amoblamientos, infraestructura, expansión de servicios públicos, renovación urbanística, megaproyectos de carácter regional o nacional), que impacten el territorio local.

La pblación igualmente espera que los POT's, en cuanto a materia ambiental, sean concertados con la CAR (Corporación Autonóma Regional); que se tengan en cuenta los conceptos y recomendaciones de los Consejos Territoriales de Planeación; y que se escuchen las fuerzas vivas de los municipios, como los entes gremiales, sindicales, el sector educativo, ambientalistas, jóvenes, etc. Pero en especial es importante escuchar a los ciudadanos de a pie para que éstos puedan exponer sus conceptos y discutan lo relacionado con las propuestas que se presenten, en cuanto a organización del territorio y cómo se va a usar el suelo en el futuro; ya que lo que se apruebe condicionará el tipo de calidad de vida de la población, la convivencia, y la economía de los diferentes sectores productivos. También el nuevo POT regulará hacia dónde crecer, las zonas que se deben proteger, la relación entre los vecinos, el uso del suelo por sectores, cómo serán las vías, los proyectos públicos, como el transporte, los servicios , los colegios, y las universidades.

Por las continuas denuncias en medios escritos y radiales sobre el manto de corrupción que se suscita en el trámite, discusión y aprobación de los POT's, especialmente en la sabana occidente, se hace imperativo que los alcaldes, concejales, miembros de los consejos consultivos de planeación municipal, miembros del IGAC (Instituto Geográfico Agustín Codazzi) – encargados por la Ley de calificar agrológicamente el uso de la tierra –, los particulares dueños de tierra que se afecten por los cambios del uso del suelo, y todos los que participen en estas decisiones, actúen con moral y cabal cumplimiento de sus funciones, frente a la Ley, y al pueblo del cual son parte y al que se deben. No pueden dejar la mínima huella de que no actuaron con ética pública.

Para evitar que esta reformulación de los POT's de segunda generación se conviertan en una feria de corrupción se hace necesario que todos los actores que participen en la formulación, trámite, discusión y aprobación del precitado plan hagan pública sus declaraciones de renta y patrimonio; y/o la relación de ingresos y bienes. La Procuraduría, la Contraloría, el zar anticorrupción del país, a su vez, deben generar un acompañamiento y proceso de veeduría, especialmente a los funcionarios de la CAR y a los del IGAC para establecer si realmente sus conceptos en materia de análisis ambientales y agrológicos de la tierra, corresponden con la realidad y no obedecen a pactos con los mercaderes de tierras. 

A su vez, la Fiscalía General de la Nación debe proceder a investigar a los funcionarios públicos que intervienen en la ejecución de los POT's cuando su conducta, y el cumplimiento de sus funciones pueden derivar en violaciones al régimen penal colombiano. De llegarse a establecer conductas ilegales, se les debe castigar ejemplarmente, para así volver a creer en la Justicia y erradicar para siempre el flagelo de la corrupción en estos procesos.

Finalmente urge convocar a todos los ciudadanos a denunciar sin miedo el chantaje, la solicitud de dineros o prebendas de funcionarios por los cambios del uso del suelo, o en general por cualquier conducta ilícita en el trámite, discusión o aprobación del proyecto enunciado.

Para terminar, quienes soñamos todavía con un nuevo país no podemos permitir que quienes fueron elegidos por el voto popular, o quienes trabajan en las administraciones municipales, se conviertan en miembros de verdaderas asociaciones para delinquir. Frente a los ciudadanos, éstos deben actuar con responsabilidad. Porque jamás la ciudadanía podrá renunciar a ser el constituyente primario, garante de la transparencia y de la democracia participativa.

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