Comunicación Alternativa // ISSN 2145-390X

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL FORMULA CARGOS CONTRA ALCALDE DE FUNZA POR VIOLAR NORMAS DE PROPAGANDA ELECTORAL

Por: El Macarenazoo
Fecha de publicación: 15 de agosto de 2012.
 

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Publicidad del actual alcalde de Funza en campaña electoral


El Consejo Nacional Electoral abrió investigación y formuló cargos contra el actual alcalde de Funza, Jorge Enrique Machuca López, por realizar propaganda electoral en época no autorizada para el municipio. Así se hizo saber a través de la Resolución No. 1308, fechada el 17 de julio de 2012, en donde el Consejo Nacional Electoral informa a las partes involucradas sobre la apertura de la investigación. El Macarenazoo accedió en exclusiva al documento, en donde detalla el cuerpo de la investigación, y relaciona las pruebas que tiene contra el entonces candidato a la alcaldía Jorge Machuca, y que a la postre resultó electo en el marco de unas elecciones profundamente cuestionadas.

Por denuncias interpuestas al ente de control por cinco ciudadanos de Funza, entre ellos los otros dos candidatos a la alcaldía del municipio, contra Machuca, el Consejo Nacional Electoral decidió cotejar la información y las pruebas, y efectivamente iniciar el proceso administrativo. 17 pruebas documentales pueden dar cuenta de que el actual alcalde, tres meses antes de las elecciones, infringiendo la ley, realizó proselitismo político. Estas pruebas van desde la circulación de evidente publicidad electoral en medios de comunicación locales, tales como el periódico Francotirador y el periódico comercial La Guía Cundinamarca: en estos impresos se evidencia propaganda alusiva al candidato a la alcaldía de Funza entre mayo y junio del 2011. Aunado a ello, se anexan a las pruebas distintos volantes y documentos alusivos a la campaña que se distribuyeron en la población funzana desde principios del año pasado, es decir seis meses antes de que estuviera permitido realizar propaganda electoral; estos documentos, varían desde afiches, stickers y volantes invitando a la ciudadanía a inscribir su cédula antes de las fechas estipuladas para ello, hasta tarjetas alusivas al día de la mujer repartidas en mayo de 2011. El Consejo Nacional Electoral también posee en este archivo de pruebas contra el actual burgomaestre documentos fílmicos de distintos actos y actividades en las cuales el candidato, que no se podía presentar como tal, fungió de orador. Incluso, como parte de las pruebas recaudadas por los denunciantes ya aceptadas por la sala plena del Consejo Nacional Electoral se encuentran imágenes impresas de fotografías que se encontraron en la página web del candidato Jorge Machuca, en las cuales se puede apreciar la utilización de carpas del municipio de Funza en sus actos proselitistas.

Refiere el Consejo Nacional Electoral que “al distribuirse la mencionada publicidad, es claro que no va dirigida a una sola persona, y que tiene como finalidad que todos los habitantes del municipio conozcan su aspiración, configurándose a simple vista las características de indiscriminada y masiva de la publicidad adelantada por el ciudadano Machuca López.” Es importante destacar que según lo reseña el Artículo 24 de la Ley 130 de 1994 la “propaganda electoral únicamente podrá realizarse durante los tres meses anteriores a la fecha de las elecciones”; y puesto que las elecciones se desarrollaron el 30 de octubre de 2011, esto significaba que los candidatos no podían ejecutar proselitismo antes del primero de agosto del año pasado,  acción que evadió el que a la postre se convirtió en el nuevo mandatario de Funza.

Continúa el Consejo Nacional Electoral acotando en su resolución que “con base en el acervo probatorio, la Sala igualmente considera que se encuentra debidamente probada la transgresión a la temporalidad, por cuanto las pruebas aportadas se demuestra el hecho evidente que los volantes fueron aportados en fecha del 9 de mayo y 28 de junio de 2011, lo que conlleva a que su circulación se realizó antes de la fecha permitida.”

Sin embargo, este no fue el único cotejo adelantado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para determinar la resolución de adelantar la investigación. Cuenta el CNE con pruebas testimoniales de los denunciantes y del mismo Jorge Machuca, en las cuales se podría comprobar la responsabilidad del candidato en la omisión a la ley. Según una versión libre rendida el 30 de mayo de 2011 por Jorge Machuca en presencia de un agente del ministerio público a la pregunta de si el susodicho tenía conocimiento de los volantes que se estaban distribuyendo en el municipio con su nombre, Machuca respondió que “sí”, y que lo había realizado “un diseñador, (publicado) una imprenta y lo financié yo.” Según Machuca, los volantes los circuló por el municipio “con el objeto de informar a la comunidad de la reorganización electoral que se había adelantado en el municipio, donde se abrieron nuevos puestos y se reubicaron otros, y así evitar la trashumancia electoral.” Para el ente de control, el hecho de que el actual alcalde de Funza manifestara conocer la publicidad incluida en las quejas de algunos ciudadanos y asegurara que él fue quien la financió, “confiesa y se coloca como sujeto sancionable por el claro desconocimiento de la norma electoral.” Y también asegura el CNE que siempre la publicidad que se distribuyó en tiempo no permitido buscó un provecho político.

Con estas y otras tantas consideraciones, el Consejo Nacional Electoral ha formulado cargos contra el señor Jorge Machuca, “para que pueda defenderse, toda vez que conforme a los elementos recaudados se configura la extemporaneidad de dicha publicidad, lo que conlleva a una violación a la norma en relación con la propaganda electoral, toda vez que se evidencia que se realizó con anterioridad al término permitido por la Ley 130 de 1994, esto es 3 meses antes de celebrada la elección, entiéndase el día 30 de julio de 2011.”

Al llegar a encontrarse culpable al actual alcalde de Funza, éste tendrá que pagar una multa de por lo menos 9 millones novecientos mil pesos, y máximo 98 millones, según la gravedad de la falta. De parte del Consejo Nacional Electoral no existe otra sanción, sin embargo podría sentar un precedente para que organismos como la Procuraduría General de la Nación pueda suspenderlo de su cargo, si llega a encontrar suficientes méritos; pero también debe alertar a la Contraloría General de la República, y a la Contraloría de Cundinamarca para que vigilen los recursos utilizados por el burgomaestre en caso de que se compruebe su responsabilidad en este caso. Machuca, en el foro anti corrupción en Funza, adelantado en campaña electoral, insinúo que en caso de tener que pagar económicamente una sanción lo haría, y no tendría ningún problema ni enmienda en hacerlo…


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