Comunicación Alternativa // ISSN 2145-390X

PARA QUE LO PIENSEN LOS ADMINISTRADORES Y COLADOS DEL SISBEN

Por: Carlos Julio Rodríguez Sandoval.
Fecha de publicación: 5 de agosto de 2017.

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Caricatura tomada de Diario del Sur.

El Estado colombiano está obligado a promover las condiciones de igualdad real a las personas discriminadas y marginadas por su situación económica, física o mental, y es su deber asegurar el acceso efectivo a los bienes y servicios básicos para que vivan dignamente. En el cumplimiento de dicha obligación, el gobierno descubrió la aberrante y criminal conducta de miles de avivatos que estaban y están colados en el Sisbén desde hace tiempo, valiéndose de artimañas dolosas y obteniendo beneficios destinados a los pobres del país. Para hacerle frente al precitado fenómeno de corrupción, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) expidió el Decreto 441 de 2017 (16 de marzo), por el cual se reglamentó el Articulo 24 de la Ley 1176 de 2007, respecto del instrumento de focalización y de servicios sociales.

Para que lo piensen los colados, la nueva cara del Sisbén prescribe algunos aspectos importantes, como los siguientes:

1. La metodología permitirá un intercambio de información con 24 bases de datos que mejorarán la calidad, necesidad y oportunidad entre las diferentes entidades del Estado, ahorrando tiempo en los trámites, por un lado, y aumentando criterios para evaluar la información, por el otro. Así mismo se depurará la base de datos, de manera oportuna, para tener información actualizada. Se podrá, de la misma manera, consultar otras bases de entidades públicas atendiendo principios y normas de protección de datos personales, de acuerdo con la constitución y las leyes.

2. El reporte de novedades que hacían las entidades territoriales cada mes ahora se harán en el mismo momento que se genera dicha información. Se hará mediante dispositivos móviles de alta tecnología que aseguran calidad y transparencia en la información.

3. Para garantizar la transparencia de los registros de la base de datos del Sisbén, los colados serán castigados sacándolos del sistema, quitándoles los subsidios que hayan obtenido de manera fraudulenta e ilícita, y poniéndolos al recaudo de la justicia, para que respondan por sus conductas criminales.

4. El DNP puede recomendarle a los entes territoriales el cambio de administradores del Sisbén y sin ningún perjuicio de las acciones legales a que hayan lugar, cuando por su responsabilidad se evidencie la aplicación indebida de encuestas, presuntas falsedades o deficiencias en el seguimiento de los lineamientos técnicos respectivos.

5. Los funcionarios públicos serán responsables y tendrán que afrontar acciones jurídicas cuando permitan la ocurrencia de irregularidades para obtener puntajes bajos en la calificación de la ficha socioeconómica.

6. El DNP podrá excluir registros del Sisbén:
a) cuando la muerte de la persona ha sido registrada previamente y verificada la información reportada por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
b) Por orden de autoridad judicial o administrativa.
c) Por duplicidad de registros, caso en el cual se mantendrá el más antiguo.

7. Se establece el deber de toda persona de denunciar ante la autoridad competente, de conformidad con el Artículo 67 de la Ley 906 del 2004, cuando tuviere conocimiento de la presunta comisión de delitos.

8. Todas las entidades públicas del orden nacional y territorial deben aplicar el Sisbén para ejecutar el gasto social.

9. Todos los derechos establecidos en la Constitución y en la Ley operan a través de información neutral, frente a los programas sociales; en consecuencia el ingreso al sistema no otorga acceso a programas sociales que desarrolle el Estado.

10. Garantiza que toda persona natural tiene derecho a ser encuestada; sus datos recolectados; procesados y recibir información en forma clara y oportuna mediante canales de comunicación regulares y públicos.

11. No solamente se debe tener como referencia la calificación del entorno en que vive una persona (vivieda, salud, educación y vulnerabilidad) para ser registrada en el Sisbén, sino también los ingresos que recibe.

El gobierno intenta enfrentar la pandemia de la corrupción de los colados en el Sisbén expidiendo normas que le permitan contrarrestar ese fenómeno, pero esto no sólo basta. Es necesario que la Justicia recupere su majestad y funcione de manera transparente; que el Estado construya una sociedad más justa e igualitaria; que la población tenga como norte la ley, la ética y la cultura. El éxito en la vida no es sólo material, sino también se da su plenitud en el desarrollo de valores, reconocimiento, honorabilidad, respeto, libertad y solidaridad. ¡Ya es hora de que todos los hombres de bien se indignen contra toda clase de corrupción, mediante la denuncia, que los medios de comunicación cumplan con el objetivo de inculcar los valores democráticos y que las personas con su comportamiento puedan ser referentes de la construcción de una sociedad que respete la ética pública!

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Igualmente quiero notificar a quienes me descalifican para poder opinar y liderar un sueño de una nueva sociedad, que efectivamente la crítica no me da miedo, que las amenazas sí, pero que he decidido si es necesario quedarme acostado en dos tablas en mi pueblo, y no en el templo de la corrupción y del miedo, en una silla de oro, con incrustaciones de esmeraldas y diamantes.

 
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