Comunicación Alternativa // ISSN 2145-390X

POLICIA DE SOACHA EN CONNIVENCIA CON DELINCUENCIA LOCAL REVICTIMIZA A MENORES DE EDAD CON TORTURA

Por: Carlos Castaño.
Fecha de publicación: 8 de enero de 2013.

Carta dirigida a Henry Sosa, personero del municipio de Soacha, Cundinamarca.

Denuncia pública por abuso de autoridad de policías adscritos al CAI de San Mateo.

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Foto: Carlos Alberto Castaño.


Mi nombre es Carlos Alberto Castaño Martínez, identificado con el número de cédula 10.112.191 de Pereira. Me desempeño como periodista y reportero gráfico independiente, creador y expositor de la Galería fotográfica de la Memoria “Realidades, porque el ojo y el lente no mienten," que expongo desde hace ya 10 años en lugares públicos como la carrera séptima de Bogotá, parques, escuelas, universidades y muchos lugares públicos de Colombia y del exterior para denunciar la sistemática violación a los derechos humanos en Colombia.

En calidad de padre de familia y defensor de los derechos humanos presento la siguiente denuncia pública ante los entes encargados de hacer cumplir la ley y la constitución Nacional.

Hechos:
El día viernes 4 de enero de 2.013 a las 6:30 p.m. mi hijo Cristián Eugenio Cataño Suaza, menor de edad identificado con la tarjeta de identidad No. 95090402227 expedida en Ibagué, Tolima, se desplazaba con varios amigos y amigas por la carrera 3a Este, donde se ubica la placita de mercado en el barrio San Mateo. Cuando se acercaban al parque fueron sorprendidos por un grupo de 5 muchachos a los que ellos denominan “ñeros”, porque se dedican al consumo de drogas y a robar a las personas con armas cortopunzantes. Estos muchachos se acercaron a ellos esgrimiendo chuzos y puñaletas y les dijeron que entregaran los bichos, término que utilizan para referirse a los aparatos digitales que utilizan los jóvenes. Mi hijo, al que le alcanzaron a chuzar uno de sus brazos,  reaccionó corriendo a recoger un palo que había en la calle para defenderse; mientras que a uno de sus amigos lo obligaron a entregar un Blackberry y su dinero.

En ese momento apareció una patrulla de policía motorizada; mi hijo le señaló a los policías quiénes eran los ladrones, esperando que los detuvieran, pero los policías no prestaron atención al llamado de mi hijo. Viendo mi hijo que los policías no actuaban contra los ladronzuelos y estos seguían asechando, corrió a uno de los ladrones (el mismo que lo chuzó con una navaja) y le pegó con el palo en las costillas. Uno de los policías le ordenó a mi hijo que soltara el palo; mi hijo le contestó que no lo soltaba porque no tenía con qué defenderse y los ladrones estaban armados con cuchillos y "ustedes no hacen nada para detener a esos ladrones", adujo.

Llegaron dos policías más en la patrulla o bola, y como el muchacho no soltó el palo lo agarraron por la fuerza; uno de los policías, identificado con el número 959991, le pegó con el bolillo un golpe en la cabeza y lo metieron a una callejuela solitaria que hay en el sector para golpearlo con el bolillo en sus piernas, costillas y en la cabeza. Luego lo llevaron y lo metieron en la patrulla para llevarlo al CAI del barrio San Mateo. Cuando la patrulla se desplazaba hacia el CAI por la calle 30 la patrulla hizo una parada y los policías subieron a un muchacho que le habían encontrado un moño de marihuana. Cuando llegaron al CAI otro policía que se encontraba allí, le preguntó al muchacho que habían subido en el trayecto por qué lo habían traído y éste contestó que sólo le habían encontrado un moño. De inmediato ese policía le ordeno que se fuera.

Detrás de la patrulla venía la moto con los policías que detuvieron a mi hijo; se bajaron y uno de ellos - el mismo que ya lo había golpeado, identificado con el número 959991 - de inmediato ordenó al resto de policías que agarraran duro a mi hijo para que no se fuera a volar. Lo hizo entrar al CAI y allí fue agarrado por varios policías para que el uniformado, con instinto de asesino y violador de los derechos humanos, golpeara al muchacho. De acuerdo a la versión de mi hijo el señor policía dijo: "¡Este HP no le hace caso a la autoridad!", refiriéndose a que el muchacho se rehusó a soltar el palo con el que se defendía de los ladrones.

Mi hijo le dijo al policía que por qué se ensañaba con él y por qué no capturaron a los ladrones; le pidió que no lo golpeara, que él era menor de edad y el bastardo le contestó que le importaba "un culo hp." El policía le dijo que si quería lo dejaba salir para que llamara a su papá... Después de darle varios golpes con el bolillo, se quitó el casco y lo agarró a golpes en la cara y abdomen. Dice el muchacho que este señor tenía puesto un guante y que algo tenía en sus dedos para golpearlo más duro. Le ordenó que se arrodillara y, como el muchacho no se quiso arrodillar, le siguió dando golpes. Le dijo: "si es tan guapito le traigo a los ñeros para que le den una golpiza bien hp"... luego de esto, ordenó que lo metieran al calabozo.

Cuando estaba en el calabozo escuchó unos gritos y miró por una ventanita para ver a quién estaban golpeando: se trataba de otro de los muchachos que andaban con mi hijo, el mismo a quien los ladrones le habían robado su Blackberry... ¡el mismo policía lo golpeaba con el bolillo, y con puños en la cara y abdomen, hasta hacerle escupir sangre! Dice mi hijo que desde otro ángulo del CAI había un policía grabando con un celular la golpiza que este bastardo le daba a su amigo. Luego lo metieron al calabozo; una vez más el policía torturador, identificado con el número 959991, ordenó sacar a mi hijo diciendo: "es que este HP gordo no le obedece a la autoridad y se cree muy guapito". Una vez más lo siguió golpeando... dice mi hijo que le mando un golpe tan fuerte con el bolillo a su cabeza que si le hubiese pegado seguramente lo había descerebrado, pero que afortunadamente él esquivo el bolillo y le pegó a un borde de un muro que hay dentro del CAI, y el bolillo se le soltó de la mano y pegó contra la pared.

Mi hijo, para memorizar el número que identifica al policía que los golpeaba, empezó a repetir ese número y el sicario lo alcanzó a escuchar y le dijo: "ah, ¿este hp se está aprendiendo el número para denunciarme? Pongase de sapo hp y vera lo que le va a pasar..." El muchacho le respondió: "lo voy a denunciar y haga lo que quiera".

A eso de las 8 de la noche otro de los policías que participó en la golpiza contra el muchacho amigo de mi hijo, identificado con el numero 131725 abrió la puerta del calabozo con un balde en la mano; otro policía le dijo: "¿les va a echar agua?" Y el esbirro contestó: "si hace 3 días no le hecho agua a estos hp's", pero al parecer desistió de su intención. Seguido le dijo a mi hijo que saliera a lo que mi hijo le respondió: "sin mi amigo no me voy"; lo mismo hizo el otro muchacho cuando le dijo que saliera. Pero se pusieron de acuerdo para la salida: mi hijo le dijo a su amigo que iba a salir para ir a la casa, que no queda muy lejos del CAI, para anotar los números de los policías y volvía para esperarlo cuando lo dejaran salir. Mi hijo fue a la casa, anotó los números y volvió al CAI, se sentó en un parquecito que está seguido al CAI, y en ese momento el policía que los golpeo salió de una casa por la parte de atrás del CAI y cuando lo vio le dijo: "¿y este hp que hace acá? ¿Fue que le quedó gustando para volverlo a guardar?" Mi hijo le contestó que estaba esperando que dejaran salir a su amigo, y el policía le contesto: "qué amigo ni que hp... ¡Lárguese para la mierda!"

Los número que identifican a los policías que atropellaron los derechos humanos a traves de los golpes son el 959991 y el 131725. Los números del resto de policías no fue posible que los muchachos pudiesen memorizarlos, pero son varios cómplices.

Como padre de familia, desplazado, periodista y defensor de los derechos humanos presento esta denuncia ya que la Policía constitucionalmente fue creada para velar por la vida, bienes y honra de los ciudadanos. La Policía debe contribuir a que los ciudadanos vivamos en paz, pero con ese comportamiento hacia los ciudadanos lo que hacen es contribuir a generar más odio y más guerra.

Exijo ques estos policías sean investigados, ya que en este procedimiento violaron la Constitución y su propio reglamento:
De los principios fundamentales: Articulos 2, 4, 5 y 6.
De los derechos fundamentales fueron violados los siguientes artículos:
Articulo 12: "Nadie será sometido a desaparición forzada, ni a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes."
Artículo 13.
Artículo 22: " la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento".
Artículo 28.
De los derechos sociales económicos y culturales violaron el Artículo 45

A continuación relaciono algunos aspectos del Reglamento de Policía:
"Capítulo II: Principios rectores y fundamentos doctrinales policiales.
Artículo 4. Garantías constitucionales y legales:
En todas las actuaciones policiales se deberán preservar los derechos y garantías establecidos en la Constitución Política y la Ley, observando los principios rectores contenidos en el Presente capítulo.
Artículo 5. Dignidad humana:
El personal de la Policía Nacional, en el cumplimiento de sus competencias, está en la obligación de respetar los derechos y garantías de la dignidad de las personas, consagrados en la Constitución Política, los tratados internacionales ratificados por el Estado colombiano y la Ley."

En ese sentido los policías del CAI de San Mateo violan la dignidad humana, mucho más grave cuando lo hacen con menores de edad como es el caso de esta denuncia.

"Artículo 6. Legalidad:
El personal de la Policía Nacional en uso de las facultades que le otorgan la Constitución y la Ley podrá:
Imponer las medidas correctivas para las conductas que se encuentren legalmente establecidas en el Código Nacional de Policía, con la observancia de la plenitud de las formas propias de cada procedimiento".

Pregunto: ¿será que la Constitución Nacional le otorga a los policías el derecho de violar los derechos humanos a los civiles?

"Reglamento del Servicio de Policía:
Artículo 12. Libertad personal:
El personal de la Policía Nacional no podrá someter a ninguna persona a arresto o detención, ni su domicilio podrá ser registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la Constitución Política y la Ley."

Pregunto: ¿por qué los policías detuvieron a mi hijo y a su amigo, y no a los verdaderos ladrones? ¿Por qué los encubren? ¿Por qué amenazan a mi hijo con hacerle dar una paliza de los llamados ñeros?

"Artículo 13. Educación:
El personal de la Policía Nacional debe liderar campañas educativas permanentes dirigidas a la comunidad en general sobre derechos, deberes y obligaciones, orientadas a la prevención, tolerancia, respeto, manejo y resolución de los conflictos cotidianos, con el fin de asegurar las condiciones necesarias para la convivencia pacífica y vigencia de un orden justo."

En ese sentido yo pregunto: ¿es a la comunidad a la que la Policía debe educar para que conozca sus derechos, deberes y obligaciones? ¿No será mejor que la comunidad es la que debe educar a los policías para que estos sepan y entiendan cuáles son los derechos, deberes y obligaciones para con la comunidad?

"Artículo 14. Igualdad:
El personal de la Policía Nacional tratará de modo igual a todas las personas, sin establecer discriminación alguna por razones de sexo, orientación sexual, raza, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica o cualquier otro motivo que la propicie."

Mi pregunta es: ¿Sera verdad que los policías tratan por igual a todas las personas? ¿No será que en algunos casos tratan mejor a ciertas personas de quienes pueden sacar algún provecho personal?

"Artículo 15. Mediación:
El personal de la Policía Nacional adoptará en todas sus actuaciones la mediación, procurando alternativas amigables de solución de conflictos entre las partes; así mismo, fomentará en las personas actitudes de permanente concertación para la solución pacífica de conflictos que afecten la convivencia pacífica." ¿Sera verdad tanta belleza?

"Artículo 16. Criterios de ponderación:
Para la aplicación de las medidas correctivas establecidas en el Código Nacional de Policía, el personal de la Policía Nacional se ceñirá a criterios de necesidad, grado de perturbación de la convivencia, proporcionalidad y corrección del comportamiento, reiteración de la conducta contravencional, reparación del daño causado y afectación de derechos fundamentales.

Titulo II: del servicio de Policía.
4. Acción educativa. Todos los integrantes de la Policía Nacional contribuirán a la educación ciudadana, enseñando normas de comportamiento en la calle y en los sitios abiertos al público."

Qué contradicción: los policías que violan los derechos humanos contribuirán a la educación de los ciudadanos para enseñarnos cómo debemos comportarnos.

Señor personero, exijo se realice una exhaustiva investigación para que se aclaren los hechos que llevaron a este grupo de policías del CAI de San Mateo a realizar un procedimiento que no fue correcto de acuerdo al mismo código de Policía. Se castigue y se apliquen las sanciones que correspondan a esta clase de arbitrariedades producto del abuso de autoridad.

La denuncia la hago en calidad del padre del menor, como defensor de los derechos humanos y también como habitante del sector. Estos señores a quienes algunos medios de comunicación llaman héroes, porque dicen ser defensores de la comunidad, torturan y pretenden educar a los muchachos a los golpes, pero mañana pueden desaparecer o sencillamente matar a un detenido; y para justificar su asesinato presentarlo como "falso positivo" como ya sucedió con otros jóvenes del municipio de Soacha. Soy consciente que los muchachos, incluyendo a mi hijo, son rebeldes, pero esa rebeldía es producto de la situación social que viven en una sociedad enferma y un sistema de gobierno que olvida que para tener mejores seres humanos se debe invertir prioritariamente en educación y cultura, y menos en guerra y represión.

De igual manera dejo bien claro que si algo me llegase a suceder a mí o a cualquier miembro de mi familia por hacer esta denuncia, responsabilizo directamente al Estado colombiano representado en su fuerza pública.

Con copia a: Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la Nación, medios alternativos de comunicación, organizaciones defensoras de los derechos humanos, oficina de derechos humanos de la Presidencia de la Republica, y otros.

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